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Ir a votar sin DNI

o con DNI vencido... 

La insuperable levedad de la justicia electoral. 

@cparedesr

Publicado: 2016-02-23

El cronograma de las elecciones se acorta y no hay día en que la justicia electoral nos sorprenda con una decisión controvertida o dilatoria. La última ha sido no aceptarle la renuncia a Renzo Reggiardo como candidato presidencial del partido Perú Patria Segura. Sí pudo renunciar el ex alcalde de Los Olivos, Felipe Castillo, pero Reggiardo no. A igual razón, igual derecho. Tan elemental como eso. Pero para el Jurado Electoral Especial este principio fundamental del Derecho no siempre se aplica porque encuentran que hay un reglamento, una disposición transitoria o un requisito que no se ha demostrado haber cumplido. O cualquier otro argumento confuso o enrevesado que calza en la categoría de leguleyada. Ni siquiera cuando los candidatos deciden tirar la toalla les aceptan. Bueno, dependiendo de cuándo lo hagas y con qué argumento. Si declaras que el árbitro no te da la mínima confianza, lo más probable es que no te acepten. En manos de esta justicia electoral está el caso Acuña, con todas sus ramales, algunas listas parlamentarias rechazadas y la inscripción de Julio Guzmán Cáceres, el candidato de Todos por el Perú. El líder de la juvenil ola morada que se ha erigido como la alternativa a la clase política tradicional. Lo increíble es que esto suceda con el proceso electoral en marcha, en medio de una campaña que se empieza a calentar más que la temperatura en este fenómeno El Niño y con el tiempo ajustado para que la ONPE organice los comicios.

En el Perú, los jueces electorales provienen, en su gran mayoría, del Poder Judicial y del Ministerio Público. Son magistrados en ejercicio o retirados que resuelven los casos con un expediente de papel, cosido con hilo y aguja, en la mano. Su dogma es “lo que no está en el expediente, no existe”. Pero el papel aguanta todo. Son pegados a la letra de la ley y de los reglamentos, raras veces aplican la discrecionalidad de la judicatura y menos, el sentido común. Pareciera que prefieren la ley antes que la justicia y están muy pendientes de la presión mediática. Contribuye a este sistema de justicia electoral anacrónico, débil e ineficaz, el marco legal dentro del cual se mueven. La Ley de Partidos Políticos es del 2003 y fue hecha, como casi todas nuestras leyes, con tijera y goma, tomando partes de otros sistemas que no necesariamente son aplicables a nuestra realidad. Llena de buenas intenciones, tantas como contradicciones. A esto se suma que recientemente ha sufrido modificatorias que, para variar, no se sabe con claridad si rigen para este proceso electoral convocado antes que en el Congreso se apruebe, a insistencia, esta nueva ley que parcha la anterior. Y no se sabe porque el mismo Jurado Nacional de Elecciones (JNE) pidió al Congreso una aclaración, pero ésta nunca llego. Es decir, estamos en un proceso con reglas difusas que han provocado esta anarquía. Hay una sensación de que estas elecciones generales 2016 son las más enturbiadas, las más impredecibles, por lo menos desde el regreso de la democracia en 1980. Gran parte de esta responsabilidad es del árbitro, del JNE que, lejos de mantener su neutralidad y resolver expeditivamente, se ha convertido en protagonista por su incompetencia. El caso Guzmán y la letanía de esta justicia electoral ha polarizado el ambiente político antes que llegue la segunda vuelta. ¿Qué es el caso Guzmán? Aquí un resumen: Según el registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el partido Todos por el Perú (TPP) no ha seguido los procedimientos establecidos por la ley y los reglamentos para elegir a sus candidatos. Mecanismo de democracia interna incumplidos. TPP nació en el 2003 con otro nombre -Coordinadora Nacional de Independientes (CNI)- siendo un club de tecnócratas relacionados al PPC que pudo mantener su registro partidario gracias a alianzas electorales. En este proceso decidieron llevar como candidato presidencial a Julio Guzmán. Para eso tuvieron que cambiar sus estatutos y conformar sus nuevos Comité Ejecutivo Nacional y Tribunal Electoral, como lo manda la Ley de Partidos Políticos. El ROP cuestionó estos tres cambios y les pidió que levanten las observaciones de procedimiento y forma que hicieron. TPP no lo hizo en el plazo establecido. Intentó hacerlo después. Por eso, recientemente declararon inadmisible la inscripción de la plancha presidencial de TPP por estos vicios procesales, que resultaban, en esta etapa del proceso, insubsanables. Ante esto, unos exigen que se aplique la ley sin concesiones y se declare improcedente la inscripción de la candidatura presidencial. Otros invocan el derecho fundamental de elegir y ser elegido como un bien jurídico superior a un reglamento administrativo electoral. Que el elector decida a quien tacha en las urnas y que no sea el árbitro, en la mesa, el que lo saque de la cancha, más si ya metió un golazo. (Ser el indiscutible segundo lugar con un promedio de 18 puntos en la intención de voto nacional y con serias probabilidades de pasar a la segunda vuelta). Ambas posiciones han sido defendidas con argumentos consistentes en diversos niveles y decibeles. Pero éste no es solo un lío de expertos constitucionales, juristas de nota, opinólogos y columnistas respetables. Es un lío más importante para los otros candidatos. El resultado de la primera vuelta electoral depende en gran medida si Guzmán sigue o no en carrera. O para decirlo de manera más directa: dos candidatos están frotándose las manos a la espera que eliminen a Guzmán con la esperanza de pescar una parte de sus votos y que la cada vez más lejana segunda vuelta no sea una utopía para ellos. Y por eso alientan la posición legalista sustentada por el ROP ratificado por un fallo del pleno del JNE. El argumento más repetido por esta posición es que, si bien se reconoce el derecho fundamental de elegir y ser elegido de todo ciudadano, éste se ejerce de acuerdo a la ley. O sea, según la parchada Ley de Partidos Políticos y su reglamento. La figura metafórica usada por Federico Salazar, uno de los defensores de esta posición, ha sido el requisito del DNI para ejercer el derecho a voto. Salazar dice que si vas a tu centro de votación, haces tu cola, pero no tienes DNI a la mano, no puedes votar. No puedes ir a votar sin DNI. Tan simple como eso. No es atentar contra el derecho constitucional de votar y ser votado, es aplicar la ley. Podemos no estar de acuerdo con ella, discrepar abiertamente con su contenido, pero en un Estado de Derecho tenemos la obligación de acatarla, de cumplirla nos guste o no. Más aún si se pretende postular a la presidencia de la República. Cito los argumentos. El detalle para este contundente argumento metafórico es que en el Perú sí se puede votar con DNI caducado o vencido, el que para todo efecto práctico es como no tenerlo, porque no sirve para nada, ni para cobrar un cheque en el banco, menos firmar una escritura pública en una notaría. Salvo para votar el día de la elección. O sea, en el Perú sí podemos votar sin DNI. Otra figura metafórica que explica cómo es que en nuestro país la ley no es de cumplimiento estricto y obligatorio, solo es una sugerencia que administrará la autoridad competente. Ahora, siguiendo esta misma lógica, para que la Ley Partidos Políticos se cumpla cabalmente. Estrictamente. El ROP estaría en la obligación de, por ejemplo, verificar si los 18 partidos políticos que continúan en la contienda electoral presidencial tienen efectivamente un mínimo de 67 comités provinciales en por lo menos 17 regiones con un mínimo de 50 militantes inscritos en cada uno. Como lo exige la ley electoral. O si el medio millón de firmas de adherentes que presentaron para inscribirse son verdaderas o alguien las falsificó industrialmente. Este solo dato se contradice con la realidad. Actualmente hay 25 partidos con inscripción válida. Es decir, entre todos tuvieron que recoger alrededor de 12 millones y medio de firmas. La mitad de todo el padrón electoral. Casi imposible. Es que nuestro sistema electoral es formal e irreal. Solo hace falta presentar un expediente que demuestre lo que declaramos, y no habrá verificación. El secreto está en cumplir a tiempo con la formalidad. Nada más. El papel aguanta todo. Pero la realidad es otra. Un sistema sin financiamiento público para partidos políticos y con límites para los aportantes hace que la plata de procedencia ilícita entre a través de testaferros. Un informe periodístico del diario Gestión ha demostrado que el 60% de los donantes tiene deudas en el sistema financiero. Obvio que no es plata suya, porque sino primero hubieran pagado sus acreencias. Es un sistema lleno de requisitos hiperformales en un país que vive secularmente en la informalidad y que no ha podido salir de ella hasta la fecha. Un contrasentido. Si logramos hacer la elección de abril y junio próximos, uno de los principales puntos en la agenda del nuevo Congreso debiera ser una reforma integral de la legislación y justicia electorales. Un sistema simple, moderno, predecible y respetable.


Escrito por

Carlos Paredes

Estudió Derecho y Ciencias de la Comunicación en Lima y una Maestría en Comunicación Política en México. Es periodista desde el año 1990.


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